SE CONFIRMA LA SUSPENSION DE EMPEO Y SUELDO DEL SECRETARIO


Mediante Resolución de fecha 8 de julio de 2008 la Alcaldesa del Ayuntamiento de la Villa de Hermigua acordó incoar expediente disciplinario al Secretario General de la Corporación por diversos comportamientos irregulares que se venían produciendo en su conducta profesional, los cuáles no reproducimos para no influir en la opinión pública y porque hasta que no quede resuelto definitivamente el expediente disciplinario tales conductas son “presuntamente” faltas disciplinarias.
El Secretario de la Corporación, no estando de acuerdo con la suspensión de empleo y sueldo que se acuerda en la resolución de la alcaldía antes nombrada, principalmente porque implica una reducción de sus retribuciones en un 60 %, decide interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, un Procedimiento Especial de Protección de los Derechos Fundamentales y una pieza separada de medidas cautelares en la que solicita que el Juzgado declare que la suspensión de empleo y sueldo acordada por la Alcaldesa-Presidenta no procede y que se acuerde la reincorporación del mismo a su plaza de funcionario.
La Pieza Separada de medidas cautelares ha sido resuelta por el Juzgado mediante auto de fecha 11 de septiembre de 2008, en la que el Juez concluye que la misma no sólo es proporcionada, sino necesaria para evitar la perturbación de los servicios públicos municipales y la obstaculización de la gestión municipal.
El equipo de gobierno municipal quiere manifestar a los vecinos de Hermigua que nunca se pretendió llegar a estos extremos, pero ciertamente nos veíamos en una situación sin retorno y con la sensación de que en Hermigua no se hacía nada. Desde la suspensión de empleo y sueldo del Secretario de La Corporación, hemos puesto en camino varios proyectos y hemos aprobado el presupuesto de la corporación para el 2008, que nos urgía pues de él dependían y dependen otros proyectos y asuntos de interés general. Además, ya trabajamos en el borrador del presupuesto para 2009.
Para no faltar a la verdad o darla “a la medida”, informar a nuestros vecinos que el procedimiento principal instado por el Secretario de la Corporación aún no ha sido resuelto, por lo que, en la sentencia que definitivamente se dicte se resolverá nuevamente si procedía o no la imposición de la suspensión de empleo y sueldo acordada, no obstante lo cual, con fundamento en el auto anteriormente nombrado, el Secretario de la Corporación deberá permanecer en estado de suspensión de empleo y sueldo hasta que recaiga sentencia firme o hasta que la Alcaldesa decida que se incorpore nuevamente a su puesto de Secretario.
INFORMACION REMITIDA A GOMERAACTUALIDAD JUNTO A LA COPIA DEL AUTO JUDICIAL POR AYUNTAMIENTO DE HERMIGUA(copia literal)

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