- La subvención, a través del Cabildo Insular de Tenerife, se destina a la rehabilitación del Convento de Las Claras, el Palacio de Nava y la Iglesia de Santo Domingo de Guzmán
Cabe precisar que todos estos bienes sobre los que se va actuar tienen el reconocimiento expreso e individualizado de Bien de Interés Cultural. El Convento de las monjas Claras lo fue por Real Decreto 293/1978, (BOE nº 53, de 3.03.1978); el Palacio de Nava igualmente alcanzó esta distinción en virtud de Decreto 174/2000, de 6 de septiembre (BOC nº 133 de 06.10.00) y el exconvento de Santo Domingo fue declarado mediante Decreto 602/1985, (BOCAC 13, de 31.01.1986). Al propio tiempo todos ellos están dentro del Conjunto Histórico de San Cristóbal de La Laguna, ciudad que ostenta desde el año 1999 el distintivo máximo de ser Patrimonio de la Humanidad (UNESCO).
Los edificios señalados demandan una urgente intervención que garantice su permanencia, de forma muy especial el Palacio de Nava que corre un riesgo cierto a consecuencia de las filtraciones que se vienen produciendo, a través de la cubierta, por lo que es apremiante acometer las obras necesarias para evitar que la estructura sufra daños irreversibles. A estos efectos es preciso recordar que la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias establece que le corresponde a esta Administración Autonómica: Coordinar y fomentar la colaboración entre las distintas Administraciones implicadas por razón de la materia o del territorio en la tutela y gestión del patrimonio histórico canario. Por otra parte, el mismo texto legal determina que es competencia de los Cabildos Insulares autorizar, previo informe de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, las obras a realizar en los bienes de interés cultural; uniendo a esto la obligada aplicación de los principios generales, en especial el de eficacia, para garantizar la consecución del interés público que se persigue. Es imprescindible proceder a la asignación de fondos de forma directa al Cabildo de Tenerife por ser el único destinatario capacitado para adjudicar y llevar a término, en el menor plazo posible, las intervenciones que precisan los inmuebles, licitando las obras por lotes previa instrucción de un único expediente de contratación.
Por lo tanto, el superior beneficio general a alcanzar, que no es otro que restaurar tres significativos edificios enclavados en la única ciudad de Canarias cuyo patrimonio ha obtenido reconocimiento internacional de sus valores, avala la procedencia de asignar de forma directa, a la expresada Institución Insular, unos fondos, a los que la misma adicionará su propia aportación.
G/Ac: Prensa Gobierno de Canarias
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