Efe se niega a indemnizar a una periodista por despido improcedente

gomeraactualidad.com/Acn Press. Las Palmas de Gran Canaria.-La agencia de noticias estatal Efe se niega a ejecutar una sentencia judicial que le obliga a indemnizar con 41.394,07 euros a la periodista Fátima Martín Montesdeoca, a la que despidió de forma improcedente en septiembre de 2008. La representación jurídica de la redactora pidió que se ejecutara una resolución judicial que, en el caso que ocupa, no fue recurrida por la empresa, por lo que en la parte demandante causa extrañeza esa actitud. Por lo tanto, finalmente tendrá que ser el juez el que determine si se cumple con la ejecución provisional.


La sentencia, dictada en febrero de este año, venía a reconocer la demanda de la periodista de que se reconociera la improcedencia de su despido, ya que
Efe alegó la resolución del contrato como consecuencia del vencimiento de un convenio con el Gobierno de Canarias para la prestación de servicios informativos. Además, el Juzgado de lo Social número 1 de Las Palmas de Gran Canaria condenaba a la agencia estatal de noticias a una multa de 600 euros por temeridad. Esta parte sí fue recurrida por la empresa.

La decisión de Efe, por ahora, es la de
negar la ejecución provisional de esta parte de la sentencia a la espera de que se resuelva el recurso contra la imposición de la multa de 600 euros, el máximo previsto por la legislación para estos casos.

La resolución del Juzgado de lo Social declaró el despido improcedente porque la periodista“realizó siempre las funciones normales y permanentes” que le asignaba Efe, “no acreditándose la existencia de una supuesta acumulación de servicios, ni la realización del objeto que fraudulentamente fue inscrito en los contratos de obra”.

Además, la sentencia recuerda que la prestación de servicios de Efe
“quiebra la temporalidad” y que el convenio entre el Gobierno y la agencia, argumento que utilizó esta última para justificar el fin del contrato de Fátima Martín, fue suscrito el 31 de diciembre de 2007 y finalizó el 31 de marzo de 2008, cinco meses antes del despido de la periodista.

Pero, además, señala la sentencia, la empresa
llegó a ofrecer a Martín Montesdeoca en el acto de conciliación previa tras su despido un traslado a Madrid o a Tenerife con contrato de interinidad, lo que “acredita una actuación completamente torticera y mal intencionada”.Por esta razón se impone a la agencia la multa de 600 euros.

G/Ac: Fuente www.canariasaldia.com


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